Censo de amianto
Censo municipal de amianto: qué es y qué significa para ti
Cada ayuntamiento debe tener un censo público de instalaciones y emplazamientos con amianto, con un calendario para retirarlo (Ley 7/2022). En Cataluña, la Llei 8/2026 integra esos censos en el Cens català de materials que contenen amiant, un registro público ordenado por municipios. El censo no sustituye el certificado de amianto: si vendes o alquilas, lo sigues necesitando.
Qué es el censo municipal
La disposición adicional 14ª de la Ley 7/2022 de residuos obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto que incluya un calendario para planificar su retirada. Tanto el censo como el calendario son públicos y se remiten a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales de la comunidad autónoma, que inspeccionan que el amianto se retire y llegue a un gestor autorizado.
La retirada se prioriza según la peligrosidad y la exposición de la población más vulnerable. En todo caso, las instalaciones o emplazamientos públicos con mayor riesgo deben estar gestionados antes de 2028.
El Cens català de materials que contenen amiant
La Llei 8/2026 crea el Cens català de materials que contenen amiant, un registro público de los materiales con amianto identificados en Cataluña, ordenado al menos por términos municipales. Los datos concretos que recoge se fijarán por reglamento (art. 19).
- Los censos municipales se integran en el Cens català (art. 20.1), y los ayuntamientos deben enviarlo a la Generalitat (art. 45.1).
- Mientras un municipio no tenga censo propio, la información del Cens català sobre ese municipio hace de censo municipal (art. 20.2).
- La información de un inmueble o una infraestructura se puede consultar una vez verificada (art. 19.5).
Quién informa al censo
- Cualquier persona debe informar a la administración de los lugares con amianto que conozca (art. 11.b).
- Los administradores de fincas deben comunicar el amianto de las fincas que gestionan a los propietarios y al Cens català (art. 12.1.a).
- Las empresas de gestión y retirada deben comunicarlo en cuanto lo detecten (art. 10.c).
Incumplir la obligación de comunicar al Cens català la presencia de amianto es una infracción grave (art. 52.c). Las sanciones se aplicarán cuando se apruebe el decreto que desarrolle el régimen sancionador (disposición final séptima).
Qué significa para ti como propietario
Que tu edificio aparezca en el censo no es una sanción ni te impide vender o alquilar. Lo que sí hace falta, si el inmueble es anterior a 2002, es entregar el certificado de presencia o ausencia de amianto: la ley dice que se entrega sin perjuicio de comprobar los datos del Cens català (art. 21.2), así que uno no sustituye al otro.
Una vez identificado el amianto, el propietario debe mantener el inmueble y adoptar medidas para retirarlo (art. 11.d). La ley no fija una fecha para los particulares: los plazos los fijarán las instituciones competentes (disposición adicional cuarta). Si el amianto está en elementos comunes, como la cubierta, la decisión corresponde a la comunidad de propietarios.
Cómo consultarlo
La Llei 8/2026 prevé un portal sobre los materiales con amianto que debe dar acceso al Cens català y, si procede, a los censos municipales (art. 22.1.d). Mientras tanto, pregunta en tu ayuntamiento si ha publicado su censo, que según la Ley 7/2022 es público.
Para hacerte una idea de tu municipio, el Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya publica en datos abiertos las cubiertas de fibrocemento detectadas desde el aire. Las resumimos en nuestras páginas por municipio.
Preguntas relacionadas
¿El censo sustituye el certificado de amianto?
No. Al vender o alquilar hay que entregar el certificado de presencia o ausencia de amianto, sin perjuicio de los datos que haya en el Cens català (art. 21.2 de la Llei 8/2026).
¿Mi piso aparecerá en el censo?
Puede aparecer si se identifica amianto en él y se comunica. Qué datos concretos recoge el Cens català lo fijará el reglamento (art. 19.2).
Si mi edificio está en el censo, ¿tengo que retirar el amianto ya?
La ley obliga a mantener el inmueble y adoptar medidas para retirarlo, pero no fija una fecha para los particulares: los plazos los fijarán las instituciones competentes.
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Pedir mi certificadoFuentes
- Llei 8/2026, de 2 de juliol, de l’erradicació de l’amiant (Portal Jurídic de Catalunya)
- Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, disposición adicional 14ª (BOE)
- ICGC: cubiertas con fibrocemento en Cataluña (datos abiertos)
AmiantoCheck es una empresa privada que gestiona el certificado con técnicos competentes. Esta información es orientativa y no sustituye el asesoramiento jurídico.